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PTU 2022: ¿Quiénes sí y quiénes no las reciben?

El reparto de utilidades o PTU es un derecho constitucional, irrenunciable y adquirido de los trabajadores, de conformidad con el porcentaje que determine la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, instancia facultada por la Constitución.

Te compartimos esta infografía con algunos de los datos más importantes que debes de saber:

El reparto de utilidades es un derecho constitucional para quienes se desempeñan dentro de las empresas que deben repartir sus ganancias o utilidades generadas en 2021.
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Si deseas conocer la guía para cumplir con las obligaciones en materia de reparto de utilidades, da click aquí.

¿Cuándo aplica la liquidación por despido?

La liquidación laboral es una compensación económica que se debe otorgar a todo trabajador que pierde su empleo por parte de la compañía, siempre que las causas de la extinción de la relación de trabajo sean ajenas a este o a su desempeño.

Todos sabemos que el despido no es una situación agradable, ya que representa el fin de una relación laboral entre un colaborador y una compañía. Para ambas partes hay consecuencias: el colaborador pierde su trabajo y con ello todas sus prestaciones; el empleador debe asumir sus obligaciones, entre ellas, la liquidación por despido injustificado como lo marca la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Ojo: cuando la razón del despido sea por más de tres faltas en un mes sin justificación, por entregar documentación falsa o por falsificar certificados de habilidades laborales, no te corresponde una indemnización, ya que el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo estipula que estas causas sí justifican un despido. 

¿Cuándo aplica el pago de tu liquidación? 

Existen causas por las cuales tu compañía te debe otorgar el pago de la liquidación por despido y son: 

  1. Rescisión de tu contrato por motivos que no tienen que ver con tu desempeño (por ejemplo: reestructura de un área, el cierre de la empresa, o la desaparición de un puesto).
  2. Se haya cometido una falta grave cometida por la empresa, de acuerdo con el Artículo 51 de la LFT, entre las que se cuentan la reducción de tu salario (fracción IV) o que se te exija realizar actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra tu dignidad (fracción IX), la cual te haya orillado a renunciar.

¿De qué se compone una liquidación por despido ?

Está compuesta por el pago de los siguientes conceptos: 

  • 3 meses de salario por indemnización. 
  • 20 días de sueldo por cada año trabajado.
  • Prima de antigüedad equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado. 
  • Pago de partes proporcionales de aguinaldo.
  • Vacaciones y prima vacacional.

Los despidos y las renuncias son situaciones que ceden en todas las empresas y que suelen darse con cierta regularidad. Desde el departamento de Recursos Humanos se debe mantener actualizada la información de estas incidencias de nómina. Es clave conocer lo que dicta la ley en cuanto a la rescisión de un contrato laboral y entender cuándo aplica una liquidación o un finiquito. 

Si deseas conocer más sobre la Ley Federal del Trabajo, da click aquí.

 

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¿Cómo se calcula el finiquito?

El finiquito es el pago que por ley debe darse a todo colaborador que termina una relación laboral de manera voluntaria sin responsabilidad para el empleador.

¿Cuándo se debe pagar un finiquito?
Se paga un finiquito obligatoriamente cuando:

  • El colaborador renuncia a su empleo de manera voluntaria porque así conviene a sus intereses.
  • Su contrato temporal se termina.
  • El trabajador es despedido justificada o injustificadamente.
  • Se anula su contrato por una falta que haya cometido su jefe directo (el artículo 51 de la Ley Federal de Trabajo enumera estas causas).
  • El colaborador expide una invalidez por enfermedad.
  • El trabajador muere (en este caso el finiquito se paga al beneficiario designado por el trabajador).

El finiquito es diferente a una liquidación, ya que esta representa un pago adicional que se debe dar al trabajador.

Una liquidación solamente se paga cuando:

  • La empresa es quien anula el contrato por motivos ajenos al desempeño del colaborador.
  • El despido se presenta de manera injustificada.
  • El trabajador rescinde su contrato por una falta grave cometida por su jefe directo.

¿Qué información se requiere para calcular el finiquito?
Para poder calcular el finiquito de un colaborador se necesita:

  • Su fecha de ingreso y la fecha programada o real de su salida.
  • El salario diario.
  • Los días pendientes de vacaciones.
  • Días que se otorgan de aguinaldo a la posición del colaborador;
  • Los días laborados que aún no están pagados.
  • La cantidad de días trabajados en el año en curso.

Fórmula para calcular un finiquito
Para calcular el finiquito de un colaborador se deben seguir los siguientes puntos:

  1. Calcular el pago de los días trabajados en el periodo, multiplicando los días laborados no pagados por el sueldo diario del trabajador.
  2. Estimar la parte proporcional del aguinaldo, multiplicando los días de aguinaldo que asigna la empresa a los trabajadores por el salario diario. Después el resultado se divide entre 365 días y luego se multiplica por los días trabajados del año en curso.
  3. Cuantificar la parte proporcional de las vacaciones, multiplicando el salario diario por los días pendientes de vacaciones, y dividiendo el resultado entre 365. Se multiplica el resultado por el total de los días trabajados y se multiplica nuevamente por el salario diario.
  4. Determinar el monto de la prima vacacional, tomando el resultado del paso anterior (parte proporcional de las vacaciones) multiplicándose por el factor de 0.25 de la prima vacacional.
  5. Si el trabajador laboró por más de 15 años, se debe calcular la prima de antigüedad, multiplicando el salario diario por 12 (días establecidos por la ley). El resultado se multiplica por los años de servicio prestados.
  6. Por último se suman todos los montos y se obtiene el aproximado del finiquito. Recuerda que también se deben calcular descuentos por pago del ISR, cuotas pendientes del IMSS, adeudos del Infonavit, créditos Fonacot o algún otro descuento que se haya pactado vía nómina.

Recuerda que ningún patrón tiene derecho a solicitar tu renuncia, ya que esta siempre debe ser voluntaria. También debes tener en cuenta que el finiquito no está totalmente libre de impuestos, y estos deben estar perfectamente claros en el recibo de nómina que deberás recibir junto con tu finiquito.

Si deseas conocer más sobre la Ley Federal del Trabajo, da click aquí.

 

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